Lunes 14 De Setiembre De 2026

El Banco Central comenzará a exigir autorización a proveedores de servicios de activos virtuales

Las empresas alcanzadas por la nueva regulación podrán iniciar desde el 1.º de setiembre el trámite de autorización y registro ante la Superintendencia de Servicios Financieros. Los proveedores que ya se encuentran operando tendrán plazo hasta fin de año para presentar la solicitud.

El Banco Central del Uruguay (BCU) avanzará desde setiembre en la implementación del nuevo marco regulatorio para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), que establece condiciones para su funcionamiento y supervisión dentro del sistema financiero uruguayo.

A partir del próximo 1.º de setiembre, las empresas comprendidas por la normativa deberán gestionar su solicitud de autorización y registro ante la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF), mediante un trámite digital dispuesto por el organismo.

La regulación alcanza a empresas que prestan determinados servicios vinculados con activos virtuales, como operaciones de intercambio, transferencia, custodia o administración, siempre que se encuentren comprendidas dentro de las actividades definidas por la normativa.

Las empresas que ya operan tendrán plazo hasta diciembre

Los proveedores de servicios de activos virtuales que actualmente se encuentren en actividad dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para solicitar ante el Banco Central la correspondiente autorización para funcionar.

Durante el período en que la solicitud se encuentre en proceso, estas empresas podrán continuar desarrollando su actividad.

Un nuevo marco para el sector

La implementación forma parte de la regulación aprobada por la Superintendencia de Servicios Financieros en julio, mediante la cual el BCU estableció las condiciones de funcionamiento y supervisión para los proveedores de servicios de activos virtuales en Uruguay.

El marco establece requisitos relacionados con la protección de los usuarios, la gestión de riesgos, la seguridad de la información y la prevención del lavado de activos. También determina qué operaciones pueden desarrollar los proveedores alcanzados por la regulación.

Entre las disposiciones previstas se establece además que los PSAV no podrán desarrollar actividades que impliquen intermediación financiera. La normativa contempla asimismo exigencias sobre la identificación de socios, accionistas y las personas que ejerzan el control de las empresas.

El Banco Central había señalado al aprobar el marco regulatorio que la medida busca acompañar el creciente uso de activos virtuales bajo condiciones de mayor seguridad, protección de los usuarios y prevención del lavado de activos.

Con la apertura del trámite en setiembre comienza así la etapa de aplicación efectiva del nuevo régimen, mientras que las empresas que ya operan en el sector tendrán los próximos meses para adecuarse y presentar su solicitud ante el regulador.

 

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